Colombia / Regulación digital

Colombia regula internet para menores: lo que el decreto dice, lo que no dice y lo que viene

No prohíbe celulares ni redes sociales. Exige consentimiento parental para menores de 14, obliga a Meta y TikTok a rendir cuentas y crea institucionalidad regulatoria. Pero el problema técnico central — la verificación de edad — sigue sin respuesta.

SEÑAL · Abril 2026 · 12 min de lectura · Basado en fuentes MinTIC, Semana, El Heraldo, Pulzo, Infobae Colombia y experiencias internacionales comparadas
Colombia regula internet para menores — SEÑAL Ver los 8 puntos del decreto en formato carrusel →
02
02 / 09 — Lo que dice
NO PROHÍBE
CELULARES.
NO ES UN BAN.
El decreto no tiene competencia legal para bloquear el acceso de menores a internet ni prohibir teléfonos. Es un marco regulatorio — no una prohibición total.

El momento político: por qué este decreto sale ahora

El 16 de abril de 2026, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de Colombia publicó para consulta pública el proyecto de decreto que reglamenta la Ley 2489 de 2025 — la norma que desde julio del año pasado establece el marco legal para los entornos digitales de niños, niñas y adolescentes en el país. La consulta ciudadana estará abierta hasta el 26 de abril.

El decreto llega en un momento políticamente cargado. El gobierno de Gustavo Petro está en su tramo final. Las elecciones presidenciales de 2026 están en el horizonte. La ministra Carina Murcia anunció la medida el mismo día del lanzamiento de CiberPaz 2026 en el Centro de Convenciones Ágora, un evento de alto perfil mediático. Ella misma lo señaló sin rodeos: la consolidación de esta regulación requerirá "el compromiso del próximo gobierno y del Congreso de la República."

Eso no la hace inválida. Sí hace necesario leerla con precisión: como lo que es, un punto de partida normativo, no una solución completa. Y como lo que políticamente también es: el cierre de una gestión que quiere dejar instalada una arquitectura regulatoria que el siguiente gobierno tendrá que decidir si amplía, ajusta o archiva.

La tensión entre urgencia real y timing político no invalida la iniciativa. Sí exige que la discusión pública sea técnica, no ceremonial. Que los actores que participen en la consulta — abierta hasta el 26 de abril — lo hagan con argumentos, no con aplausos.

Qué dice el decreto realmente

Primero, lo que no dice. Contrario a lo que circuló en redes sociales y algunos medios, el decreto no prohíbe los celulares. No bloquea el acceso de menores a internet. No establece restricciones horarias. Como aclaró El Heraldo, "el proyecto de decreto no tiene la competencia legal para imponer este tipo de bloqueos absolutos." Eso no es una limitación del decreto sino un reflejo de lo que jurídicamente puede hacer un decreto reglamentario frente a derechos fundamentales como la libertad de expresión y el acceso a la información.

Lo que sí dice el decreto se puede resumir en tres ejes concretos:

Consentimiento parental obligatorio para menores de 14 años. Esta es la medida más sustantiva. Retoma el espíritu del Proyecto de Ley 261 de 2024 — respaldado por el MinTIC y aprobado en primer debate en la Comisión Sexta del Senado — que establece que los menores de 14 años no pueden crear cuentas en redes sociales sin la autorización expresa de sus padres o tutores. Las plataformas deberán desarrollar mecanismos de verificación técnica para hacerlo cumplir. La pregunta de cómo se verifica que quien autoriza es realmente el padre o tutor sigue siendo el nudo central del debate.

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03 / 09 — Medida central
MENORES DE 14:
SOLO CON
CONSENTIMIENTO
DE LOS PADRES.
Las plataformas deberán implementar mecanismos de verificación. El control será de obligatorio cumplimiento, salvo consentimiento expreso de tutores legales.

Obligaciones de reporte para las plataformas. Meta, TikTok y las demás plataformas con presencia en Colombia deberán presentar informes anuales sobre cómo los menores usan sus servicios. Según Pulzo, "el objetivo es entender mejor el comportamiento digital de niños y adolescentes, y así diseñar políticas públicas basadas en datos reales." Es un primer mecanismo de rendición de cuentas. Su efectividad dependerá de cuánto detalle se les pueda exigir y de la capacidad institucional para procesar y actuar sobre esa información.

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04 / 09 — Obligaciones
META Y TIKTOK
DEBERÁN
RENDIR CUENTAS
AL ESTADO.
65%
de menores 10–13 años
expuesto a contenido
violento en redes — ICBF
55%
de jóvenes 15–16 años
ha tenido contacto
con desconocidos en internet

El Comité Nacional de Tecnología, Niñez y Adolescencia. El decreto formaliza la creación de esta instancia, prevista en la Ley 2489, para articular entidades del Estado y evaluar la información entregada por las plataformas. Es la pieza de institucionalidad regulatoria más importante del decreto: si funciona, es el mecanismo desde el que podrían venir regulaciones más estrictas en el futuro. La ministra Murcia lo dijo con claridad: "si tenemos la información y evidenciamos que hay un alto porcentaje de abuso a menores, se determinarán acciones concretas." El decreto crea la puerta. Dejarla abierta o cerrarla depende del próximo gobierno.

El contexto internacional: qué funciona y qué no

Colombia no regula en el vacío. La ministra Murcia citó a Australia, Nueva Zelanda y Estados Unidos como referentes. Vale revisar qué dice la evidencia sobre cada experiencia relevante.

Australia implementó en diciembre de 2025 el ban más estricto del mundo: prohibición total de redes sociales para menores de 16 años. Cuatro meses después, el regulador eSafety reporta que el 70% de los adolescentes afectados sigue teniendo al menos una cuenta activa. Los daños documentados — ciberacoso, problemas de imagen corporal — no mostraron descenso measurable. Los adolescentes usan VPN. El ban no ataca el diseño adictivo de las plataformas. Es un precedente importante de lo que no funciona como única estrategia.

Francia implementó desde 2023 la prohibición de celulares en colegios, con resultados mixtos pero más concretos: en el contexto escolar, donde la medida es verificable, redujo el uso durante el horario académico. La diferencia con Australia es que Francia reguló un espacio físico controlable — la escuela — no el acceso a internet en general.

Suecia ha apostado por un enfoque diferente: reducir el tiempo de pantalla en educación temprana y priorizar la lectura en papel. Los resultados en desarrollo cognitivo son positivos, pero el modelo sueco es difícil de trasladar directamente a realidades latinoamericanas con mayores brechas de infraestructura y formación docente.

La lección que emerge de los tres casos es consistente con lo que la ministra Murcia sugirió al mencionar que Colombia "aún está en una fase inicial frente a estos modelos" y defendió "un proceso progresivo": los enfoques graduales, basados en datos y con múltiples actores responsables tienen más posibilidades de sostenerse que las prohibiciones totales. Lo que el decreto colombiano plantea está más cerca de ese modelo progresivo. Eso es, comparativamente, un punto a su favor.

El problema que el decreto no resuelve: la verificación de edad

Aquí está el talón de Aquiles técnico de toda esta regulación, en Colombia y en cualquier parte del mundo donde se haya intentado. Para que el consentimiento parental obligatorio funcione, alguien tiene que verificar que quien da el consentimiento es realmente el padre o tutor del menor. Y para que las restricciones de edad funcionen, alguien tiene que verificar que el usuario tiene la edad que declara tener.

Ninguna de las soluciones técnicas disponibles es satisfactoria. La verificación por documento de identidad crea una base de datos de usuarios verificados que se convierte en un objetivo prioritario de hackeo. La verificación biométrica — reconocimiento facial para estimar la edad — genera problemas de privacidad documentados por la Electronic Frontier Foundation y la propia Comisión Europea. La autodeclaración, usada actualmente por todas las plataformas, es eludible en segundos.

El decreto establece que el MinTIC "en colaboración con las plataformas digitales establecerá los métodos de verificación técnicamente pertinentes". Es una delegación de la solución técnica al futuro. Razonable dado el estado del arte disponible, pero también el punto donde la norma más claramente pospone su propio problema central.

El decreto reconoce esta brecha con honestidad inusual para un documento oficial. Según Minuto30, "se reconoce que estas [herramientas de control parental] no siempre son efectivas frente a la habilidad de los menores para sortear restricciones". Ese reconocimiento es el punto de partida correcto. Pero no resuelve el problema.

06
06 / 09 — El problema técnico
LA VERIFICACIÓN
DE EDAD ES EL
TALÓN DE
AQUILES.
⚠ El propio decreto reconoce que las herramientas de control parental "no siempre son efectivas" frente a la habilidad de los menores para sortear restricciones.

CiberPaz: la estrategia que complementa el decreto

El decreto no existe en el vacío. Se lanza al mismo tiempo que CiberPaz 2026, la estrategia nacional de alfabetización digital del MinTIC, y ambas son parte de la misma arquitectura de política pública.

CiberPaz tiene números que merecen reconocimiento. En 2025, el programa logró más de 1.434.983 sensibilizaciones, con presencia en los 32 departamentos del país, 261 municipios y 703 sedes educativas. Llegó a comunidades en el Chocó, el Catatumbo, zonas ZOMAC y PDET. En el país con la segunda mayor biodiversidad del mundo y una de las mayores brechas digitales de la región, el despliegue territorial de una estrategia de alfabetización digital tiene un valor que va más allá del titular.

Pero CiberPaz también tiene límites importantes de nombrar. Sensibilizar no es lo mismo que cambiar comportamientos. Una charla de dos horas sobre uso seguro de internet no contrarresta 10 horas diarias de exposición algorítmica diseñada por los mejores ingenieros de comportamiento del mundo. El programa funciona como complemento necesario, no como solución suficiente. La diferencia importa para evaluar qué puede esperarse razonablemente de la regulación en el corto plazo.

07
07 / 09 — La estrategia paralela
CIBERPAZ:
1.4M PERSONAS,
32 DEPARTAMENTOS,
703 COLEGIOS.
1.4M
personas
sensibilizadas
32
departamentos
con presencia
261
municipios
alcanzados
"La corresponsabilidad no es solo del Estado. Acá son varios actores que tienen que apostarle a esto." — Ministra Carina Murcia, MinTIC, abril 2026.

El problema de fondo que ningún decreto puede resolver solo

Hay un dato del ICBF que vale poner en perspectiva: el 65% de los menores entre 10 y 13 años ha estado expuesto a contenido violento o inadecuado en redes sociales. El 55% de los jóvenes entre 15 y 16 años ha tenido contacto en internet con personas desconocidas. Un 35% de ellos ha terminado conociendo a esas personas personalmente.

Esos números no se resuelven con un decreto que exige consentimiento parental. Se resuelven — o al menos se reducen — cuando las plataformas están obligadas a cambiar el diseño que genera esos daños. El scroll infinito que mantiene a un menor de 12 años despierto hasta las 2am no es un problema de falta de consentimiento parental. Es un problema de ingeniería de producto diseñada para maximizar el tiempo de pantalla sin distinción de edad.

El decreto colombiano no llega hasta ahí. Tampoco pretende hacerlo en esta versión. Pero el Comité Nacional de Tecnología, Niñez y Adolescencia que crea podría ser — si el próximo gobierno lo usa bien — la instancia desde la cual se haga esa presión sobre el diseño de las plataformas. Si los informes anuales que Meta y TikTok deberán presentar se procesan con rigor y generan consecuencias concretas, habrá avance real. Si se archivan en un repositorio institucional sin uso, el decreto habrá sido principalmente una señal política.

Colombia en el mapa regional: ¿referente o seguidor?

Colombia tiene la Ley 2489 de 2025 vigente, tiene CiberPaz con cobertura probada en territorios difíciles, y tiene ahora un decreto que, con todas sus limitaciones, crea una arquitectura regulatoria más sólida que la de la mayoría de países de la región. Brasil avanza con su Marco Legal para Internet, pero sin el nivel de especificidad sobre menores. México carece de legislación equivalente. Chile tiene iniciativas en proceso pero sin marco legal aprobado.

Que el decreto llegue en fin de gobierno con elecciones en puerta no cancela su valor técnico. Lo que lo cancela o consolida es lo que haga el próximo gobierno con la institucionalidad que deja creada. Y eso, al cierre de esta consulta pública, todavía está por definirse.

Lo que sí está claro es que el momento para participar en esa definición es ahora. La consulta del MinTIC está abierta hasta el 26 de abril en el formulario oficial. Para quien trabaje en educación, salud mental, derechos digitales o simplemente tenga hijos: ese espacio existe, es público y las observaciones técnicas pueden incidir en el texto final.

Participar en ese proceso es, también, una forma concreta de reducción de daño.

Consulta pública abierta hasta el 26 de abril de 2026. El MinTIC recibe comentarios y propuestas en el formulario oficial en mintic.gov.co. Texto completo del proyecto disponible en el mismo sitio.
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